La Ley Concursal cumple un año con las quiebras de particulares disparadas
Aspac denuncia el aluvión de concursos de personas físicas sin activos, que se han disparado un 1.000%, y reclama ajustes en la regulación para “evitar situaciones de abuso”.
Hace ahora un año, el Congreso dio luz verde definitiva a la Ley Concursal, que entró en vigor un mes más tarde, el 26 de septiembre de 2022, y con la que el Ejecutivo de Sánchez buscaba, además de cumplir con la transposición de la Directiva europea sobre insolvencias, ir más allá y crear un marco adecuado para evitar que la crisis desatada por el Covid se tradujera en una oleada de insolvencias y quiebras.
Tras un año de rodaje, el nuevo entorno regulatorio, cuyo objetivo es impulsar los planes de reestructuración frente a los concursos para salvar el mayor número posible de empresas viables, ha logrado frenar el avance de los concursos empresariales que, según Informa D&B, disminuyeron un 3,8% entre enero y julio, hasta 4.206, gracias precisamente al desvío de compañías en apuros hacia los planes de reestructuración y el procedimiento especial para microempresas.
El cómputo global de negocios en problemas sigue creciendo, pero ya no todos acaban en el corredor de la muerte empresarial que para la inmensa mayoría suponía el concurso de acreedores. Sin embargo, la ley ha tenido el efecto contrario entre las personas físicas y los particulares. Al permitir que las personas físicas, tengan o no actividad empresarial, se refugien bajo el paraguas del concurso cuando no pueden hacer frente a sus obligaciones de pago, la nueva regulación se ha convertido en una válvula de escape para miles de ellas.
“El número de concursos de empresas ha descendido, pero el aumento de las personas físicas que han solicitado concurso es exponencial”, advirtió ayer el presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac), Diego Comendador, quien añadió que lo “más preocupante es que la mayor parte de esos concursos se han presentado bajo la nueva regulación de los concursos sin masa (sin activos embargables)”, que “han aumentado más de un 1.000%”.
Las estadísticas del Colegio de Registradores dan fe de ese fuerte salto cuantitativo y del recurso en tromba de los particulares a la suspensión de pagos. En el segundo trimestre de 2022, el número de personas físicas en concurso ascendía a 1.791, de las cuales la mayoría (1.045) no tenían actividad empresarial, mientras que en el segundo trimestre de este año (datos más recientes disponibles), la cifra total de personas se había disparado ya hasta las 4.679.
Segunda oportunidad
Es la ventana abierta por la Ley de Segunda Oportunidad aprobada en 2015 y ampliada en la nueva reforma concursal ahora en vigor, con herramientas como la denominada Exoneración de Pasivo Insatisfecho, gracias a la cual particulares y autonómos pueden, bajo determinados requisitos, pedir la cancelación de sus deudas (hasta el 100% en el caso de los acreedores privados, pero no en el de la Seguridad Social y el Fisco, constreñido a un máximo de 10.000 euros en cada caso).
Ello ha provocado un aluvión de concursos entre particulares que los expertos ven con preocupación. “La segunda oportunidad no puede ser un mecanismo legal para favorecer un endeudamiento irresponsable“, advirtió ayer el presidente de Aspac, quien reclamó ajustes en la regulación de este tipo de concursos “para evitar situaciones de abuso y de utilización de la ley para algo distinto para lo que fue concebida”. Para ello, plantea, por ejemplo, que un experto en insolvencias analice previamente “las causas que han provocado el endeudamiento” e informe de ello al juez encargado del procedimiento.
En este sentido, los administradores concursales insisten en la necesidad de impulsar el desarrollo del reglamento del Estatuto de la Administración Concursal, una larga reivindicación del colectivo (desde 2014) que, sin embargo, hasta ahora no ha visto la luz y que la situación de bloqueo político generada tras las elecciones del 23-J puede dilatar en el tiempo, con un Gobierno en funciones y dos posibles investiduras a la vista: la de Alberto Núñez Feijóo a finales de septiembre y, si fracasa, la de Pedro Sánchez. Un reglamento que debía haberse aprobado en torno a primavera y que Aspac ve imprescindible para profesionalizar la Administración Concursal y mejorar así la eficiencia de los procesos de insolvencia.
Cuestiones por resolver
No son las únicas asignaturas pendientes. En este primer aniversario de la Ley Concursal, los expertos destacan otras cuestiones por resolver, como la formación de clases y las reestructuraciones por minorías, alertando de la posibilidad de que “una configuración más o menos artificiosa de clases” permita alcanzar una mayoría suficiente “con la que sacar adelante el plan de reestructuración pudiendo pasar por encima de los derechos de la mayoría de los acreedores“, como señala hoy en EXPANSIÓN, Javier Ibáñez, responsable del área de reestructuraciones de Kroll en Iberia.
Este experto advierte además de la posibilidad de que coexistan varios planes de reestructuraciones competidores, en los que la valoración que se haga de la empresa puede diferir, y mucho, con el riesgo de dejar fuera a parte de los acreedores.