956 33 10 78/ 629 369 078 · contabilidad@mejoralia.es

Hacienda se lanza contra el uso de sociedades para pagar menos impuestos

La Agencia Tributaria eleva la vigilancia sobre quienes sospecha que canalizan rentas a través del Impuesto sobre Sociedades en vez de IRPF y presta especial atención a empresas familiares y unipersonales. Aumenta la vigilancia de bienes de lujo.

Expansión

Ofensiva de Hacienda contra aquellos contribuyentes con sociedades unipersonales, patrimoniales o familiares que canalicen rentas a través del Impuesto sobre Sociedades (IS) para minorar su factura fiscal. La Agencia Tributaria (AEAT) ha lanzado este año a la Inspección sobre ciudadanos de los que sospecha que aprovechan el mejor tratamiento del IS para disminuir su cuota en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Los asesores fiscales ya notan el aumento de los expedientes. El control de las operaciones societarias por parte de la Agencia Tributaria ha aumentado este año, en la línea con lo que ya recogía el Plan de Control Tributario de 2023. “El diferente tratamiento que da el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades a rentas procedentes de la misma fuente ha sido aprovechado por los obligados tributarios para conseguir una menor tributación”, señala el documento.

La Agencia Tributaria justifica de esta forma este plan de inspección que, aunque ya vigilaba esta operativa desde hace varios años, ha decidido reforzar durante este ejercicio. La factura fiscal en el IRPF es mucho más alta que en el Impuesto sobre Sociedades a partir de un determinado baremo de ingresos, lo que lleva a muchos contribuyentes a crear sociedades patrimoniales para vehiculizar sus actividades.

La Inspección controla este año de manera especial ciertas operaciones que hacen saltar las alarmas en los servidores de la AEAT. Las operaciones clásicas que rodean a cualquier sociedad de capital -constitución, aumento y reducción de capital, disolución y liquidación o separación de socios– son objeto en estos momentos de un seguimiento particular. El plan de inspección vigila que “no sirvan de cobertura para disimular las capacidades económicas de sus propietarios en el IRPF o se utilicen de refugio de rentas opacas”.

Los inspectores centran su trabajo en un análisis detallado de supuestos de sociedades plenamente controladas por una persona o grupo familiar con el fin de evaluar de modo conjunto las operaciones económicas desarrolladas y los efectos que, entre ellas, se pueden derivar. “Es esencial dado que se pueden derivar ciertos incumplimientos e irregularidades muy relevantes para la fiscalidad, como son la minoración improcedente de la correcta tributación de la actividad desarrollada o la traslación de bases imponibles hacia entidades jurídicas sometidas a menores tipos impositivos”, destaca el plan.

La Agencia Tributaria dispara también las actuaciones dirigidas a evitar el uso abusivo de la personalidad jurídica con la principal finalidad de canalizar rentas, o desviar indebidamente gastos personales de personas físicas, de manera que se reduzcan improcedentemente los tipos impositivos aplicables. Esta comprobación se extiende, además, a la interposición de personas jurídicas para remansar rentas pendientes de distribuir por parte de sociedades operativas, alcanzando dicha comprobación a la posible aplicación indebida del régimen de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores con ocasión de las aportaciones no dinerarias de participaciones que se hayan podido efectuar con un propósito exclusivo de elusión fiscal.

Además, la inspección eleva la comprobación de aquellas entidades que han sido creadas instrumentalmente con el único fin de emitir facturas irregulares para ser deducidas por sociedades operativas. La AEAT presta especial atención a los movimientos y esquemas societarios que tienen por objeto la conversión de rentas ordinarias en plusvalías o participación en beneficios al objeto de reducir el gravamen.

Otro de los puntos de comprobación es la correcta imputación de rentas a los socios por parte de comunidades de bienes u otras entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, así como la realidad de los rendimientos declarados por éstas. Se presta especial atención a las declaraciones del modelo 184 presentadas en régimen de atribución de rentas y sus efectos en las declaraciones individuales de renta de sus comuneros o partícipes, en la medida en que puede ser utilizada como un vehículo para difuminar la progresividad de las rentas de los sujetos, así como para el encubrimiento de los niveles reales de ingreso y renta de sus actividades.

Por otra parte, la Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes ha puesto en marcha un nuevo proyecto para la detección automatizada de entidades que deducen gastos personales de sus partícipes. La AEAT usa técnicas de análisis de datos avanzadas para la detección automatizada de esta clase de supuestos.

Más control de los bienes de lujo

El control sobre los bienes considerados de lujo por parte de la Agencia Tributaria también ha aumentado. En la línea con todas estas actuaciones de vigilancia, la falsa afectación a la actividad económica de bienes de lujo -como aeronaves, embarcaciones o automóviles de alta gama- o de servicios relacionados con el sector del lujo por parte de personas jurídicas cuya actividad no se encuentre vinculada con el aprovechamiento o arrendamiento de tales bienes. La AEAT también cuenta con un catálogo de proveedores de bienes de lujo.

Durante 2022, las actuaciones de comprobación de contingencias tributarias asociadas a obligados tributarios que figuran como titulares de un patrimonio relevante generaron como resultado deudas liquidadas por importe de 546 millones de euros en 1.130 expedientes, cifras similares a las del año previo. Los resultados alcanzados en 2022 son superiores al promedio de los cuatro años anteriores, en un 13% respecto al importe de deudas liquidadas y un 37,8% en términos de número de expedientes.

Hemeroteca